El estar acreditado o identificado en el ejercicio de sus funciones quiere decir que puede probar que se encuentra inmerso dentro de estas excepciones, tal como lo es un carnet o cualquier documento que demuestre que la persona que circula es porque realizara alguna de las actividades o casos de los mencionados en el artículo 3º del Decreto 636 del 2020 recordando así que se puede probar una situación de excepción o una actividad de excepción de cualquier manera.