modificación en los predios colindantes que tienen en cuenta los linderos ya establecidos.
A través del presente concepto, la ANT indicó que las implicaciones jurídicas por el eventual cambio en los linderos de los territorios étnicos, consistiría en posibles alteraciones en las áreas y quizás en el municipio en el cual se ubiquen. Además, podría generar una
modificación en los predios colindantes que tienen en cuenta los linderos ya establecidos.