y están exceptuadas del ámbito de aplicación del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.
Colombia Compra eficiente dejó claro que, la restricción a la contratación directa prevista en el artículo 33 de la Ley 996 de 2005 cobija a «todos los entes del Estado», expresión que contempla a los diferentes organismos o entidades autorizadas por la ley para suscribir contratos, sin distinción del régimen jurídico, forma de organización o naturaleza, su pertenencia a una u otra rama del poder público o su autonomía, e incluso si las entidades estatales tienen régimen especial de contratación
y están exceptuadas del ámbito de aplicación del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.