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Disponible texto de la sentencia de la Corte en el que estableció que las personas ciegas que quieran disponer de sus bienes mediante testamento, no tendrán que hacerlo de manera cerrada y secreta

Escrito por  Jun 10, 2022

Disponible en texto de la sentencia de la Corte en el que la Corporación declaró inexequible el artículo 1076 del Código Civil. “Al respecto, entendió que si bien la intención del legislador de la época era prevenir los abusos a los que podría verse sometida una persona con discapacidad visual al entregar -en sobre cerrado- su decisión sobre la disposición de sus bienes sin cerciorase de que su contenido efectivamente coincidiera con su decisión, lo cierto es que desconoce el derecho a la igualdad porque la limitación de las opciones que la legislación civil establece para las personas con discapacidad visual al momento de escoger la modalidad en la que podrán realizar el acto jurídico del testamento, configura una distinción que, en el contexto actual, coarta la libertad de tomar las propias decisiones y de asumir las correspondientes consecuencias. Además, desconoce su derecho a la intimidad, porque el testamento abierto implica su lectura en alta voz ante el notario y los testigos, sin guardar la reserva o el secreto en el que la persona en situación de discapacidad visual pueda tener interés”.

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