de conformidad con el artículo 3 y el inciso segundo del artículo 7 del Decreto Legislativo 576 de 2020.
El 19 de junio siguiente, la entidad remitió al Consejo de Estado esa resolución para el control inmediato de legalidad. La Secretaría General de la Corporación radicó el asunto el 29 de junio y en esa misma fecha lo pasó al Despacho para su trámite. La Corporación resuelve avocar el conocimiento del control inmediato de legalidad de Resolución en comento.