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En primer lugar, se modificaría el ámbito de aplicación estableciendo que las medidas serán aplicables a todas las personas naturales o jurídicas que posean a cualquier título, cultivos vegetales en producción primaria y que estén interesadas en certificar el predio productor en Buenas Prácticas Agrícolas dentro del territorio nacional. También se modifica el proceso de solicitud y requisitos de certificación en buenas prácticas agrícolas estableciendo que, toda persona natural o jurídica que posean a cualquier título cultivos de vegetales y otras especies para consumo humano y deseen certificar el predio productor en buenas prácticas agrícolas, debe realizar solicitud escrita forma 3-189 a la Gerencia Seccional correspondiente a la jurisdicción del predio o a través de la Ventanilla Única de Trámites del ICA. Entre otras disposiciones que puede conocer consultando el documento publicado por la entidad.