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SSPD efectuó a través de concepto, algunas consideraciones referentes a los siguientes ejes temáticos: contrato de condiciones uniformes y derecho de defensa del usuario en sede de empresa

Escrito por  May 10, 2022

La SSPD reiteró que, la relación existente entre usuario y/o suscritor de un servicio público domiciliario y la empresa prestadora, se rige por las estipulaciones consagradas en el contrato de condiciones uniformes y las demás que la empresa aplique de manera uniforme en la prestación del servicio e inclusive las que sean objeto de acuerdo especial con uno o varios usuarios .

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Modificado por última vez en Martes, 10 Mayo 2022 10:39