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Interpretación jurídica de la ANT sobre la figura de patrimonio cultural e inmaterial

Escrito por  May 02, 2022

Sobre las disposiciones de patrimonio inmaterial contendida en el Proyecto de Ley Número 502 de 2021 Senado, 492 de 2020 Cámara, “Por medio de la cual la Nación y el Congreso de la República reconocen, conservan y salvaguardan el patrimonio cultural material e inmaterial del municipio de Riosucio (Caldas) y se dictan otras disposiciones”, la ANT dispuso que,

se entiende por “patrimonio cultural inmaterial” los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas - junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes- que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural.

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