El Comité podrá realizar sesiones virtuales a través de medios electrónicos dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a partir de su convocatoria”.
El proyecto de norma del ministerio de Comercio, busca que el comité de Estabilidad Jurídica sesione cuando sea convocado para cumplir con las funciones a su cargo. “Podrá reunirse de manera extraordinaria en cualquier momento y también a solicitud de alguno de sus miembros permanentes cuando la naturaleza de los asuntos a tratar así lo amerite.
El Comité podrá realizar sesiones virtuales a través de medios electrónicos dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a partir de su convocatoria”.