por tanto, puede atribuir dicha regulación al gobierno nacional."
A través del presente concepto, la Entidad indicó que "los documentos tipo no afectan la autonomía de las entidades territoriales. Lo anterior, debido a que la definición de los requisitos habilitantes y de aspectos técnicos de la selección del contratista en los procesos de selección, son aspectos en los que el legislador tiene amplia libertad de configuración legislativa y,
por tanto, puede atribuir dicha regulación al gobierno nacional."