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SSPD aclaró disposiciones sobre las transferencias efectivas de dinero de las entidades prestadoras de servicios públicos a los FSRI, por concepto de aportes solidarios

Escrito por  Mar 25, 2022

A través del presente concepto, la Entidad indicó que las transferencias efectivas de dinero de las entidades prestadoras de servicios públicos a los FSRI, por concepto de aportes solidarios, sólo ocurrirán cuando se presenten superávits.

Es decir que, las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios solo deben transferir recursos a los FSRI por concepto de aportes solidarios cuando existan superávit, los cuales se determinan del cruce entre aportes solidarios y subsidios.

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