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MinComercio busca modificar Decreto Único en lo referente a los requisitos para la procedencia de los Fondos Territoriales Temporales en los municipios y distritos

Escrito por  Mar 23, 2022

Para la Entidad, se requiere modificar el artículo 2.2.1.3.4.9. de la Sección 4 del Capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, en aras de brindar mayor eficacia, eficiencia y celeridad en la autorización e implementación de los Fondos Territoriales Temporales en virtud del artículo 63 de la Ley 2069 de 2020 y la autonomía territorial, dado que las

necesidades de las empresas y emprendedores varían según la región o municipio en donde operan y del ecosistema de emprendimiento, por lo que en cumplimiento del principio de autonomía territorial corresponde a cada municipio establecer los términos y condiciones de atención a emprendimientos y empresas que se desarrollen en su zona.

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