Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

SSPD: prestadores de servicios públicos domiciliarios están en la obligación de acatar las reglas sobre el derecho de petición desarrolladas por la Corte Constitucional

Escrito por  Mar 16, 2022

Quedó dispuesto que, los prestadores de servicios públicos domiciliarios están en la obligación de acatar las reglas sobre el derecho de petición desarrolladas por la Corte Constitucional y las respuestas a dichas solicitudes deben sustentarse de conformidad con los principios, valores y reglas contenidas en el ordenamiento jurídico vigente, más aún si se tiene en cuenta que

los prestadores cumplen funciones administrativas en el trámite de atención de peticiones, quejas y recursos interpuestos por los suscriptores y/o usuarios de los servicios públicos.”

Descargar documento

Modificado por última vez en Miércoles, 16 Marzo 2022 09:53