A través del presente concepto se aclara que en la Resolución CREG 010 de 2020 no existen reconocimientos de valores retroactivos. De referirse a las variables establecidas en el Artículo 14 de la citada resolución, en ellas encontrará el reconocimiento de valores retrospectivos, que deben ser cobrados durante los primeros doce meses a todos los usuarios, acorde con los consumos que se realicen en cada oportunidad.