por la fuente de financiación y que sean aprobados por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio a través del instrumento que para el efecto establezcan dichos organismos multilaterales”.
“En los casos en los que la financiación de los subsidios asignados en el marco del programa “Casa Digna, Vida Digna”, se realice a través de contratos de préstamo, empréstito, donación o cualquier otra figura que involucre el ingreso de fuentes externas de financiación de organismos multilaterales, se podrán priorizar las intervenciones en los municipios y distritos propuestos
por la fuente de financiación y que sean aprobados por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio a través del instrumento que para el efecto establezcan dichos organismos multilaterales”.