Para la Corte, el cargo de inconstitucionalidad propuesto contra las normas que establecían la necesaria petición del director de la DIAN o de su delegado para iniciar la acción penal por omisión de activos, inclusión de pasivos inexistentes, defraudación o evasión tributaria, no fue estudiado de fondo por la corte debido a que las disposiciones demandadas fueron derogadas por el artículo 71 de la ley 2010 de 2019 y actualmente no producen efectos jurídicos.