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Nulo acuerdo del Concejo de Medellín y su decreto reglamentario, en los que se establece como requisito para la conexión a los servicios públicos domiciliarios, por primera vez, la presentación del recibo de obra sobre la legalidad urbanística de edi

Escrito por  Oct 26, 2020

“La Cámara Colombiana de la Construcción – Regional Antioquia- presentó demanda con el fin de obtener la nulidad del artículo 5 del Acuerdo 45 de 15 de noviembre de 2004, “por el cual se determina el impuesto de delineación urbana en el sector suroriental de la ciudad, se precisa un concepto tributario,

se reduce extensión de exención y se coordinan los servicios públicos domiciliarios con la planeación urbana”, expedido por el Concejo de Medellín; y de los artículos 8 y 9 del decreto 1147 de 2005 expedido por el Alcalde Municipal de Medellín, “Por medio del cual se reglamenta los requisitos para el recibo de obras de parcelación, urbanismo y construcción, certificado de permiso de ocupación y se establecen algunas sanciones”.

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Modificado por última vez en Lunes, 26 Octubre 2020 08:38