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CREG: "los usuarios pueden ser considerados como no regulados y continuar contratando su energía en el mercado competitivo, si durante la vigencia de un contrato la demanda promedio llega a ser inferior al límite establecido"

Escrito por  Ene 20, 2022

A través del presente concepto quedó indicado por la CREG que "si durante la vigencia de un contrato la demanda promedio de un usuario atendido por un comercializador como parte del mercado competitivo, se reduce en forma tal que resulta inferior al límite establecido, dicho usuario podrá seguir siendo atendido como usuario no regulado y continuar contratando su energía

en el mercado competitivo, sin sujeción a los límites de consumo mensual aquí establecidos"

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Modificado por última vez en Viernes, 21 Enero 2022 09:00