Los avalúas catastrales de los predios de que trata este articulo entrarán en vigencia a partir de/1° de enero de 2022, en los municipios o zonas donde se hubieren realizado.
A través de Decreto 1891-2021, se estableció que los avalúos catastrales de los predios urbanos y predios rurales no formados y formados con vigencia de 10 de enero de 2021 y anteriores, se reajustarán a partir 'del 10 de enero de 2022 en tres por ciento (3%). Por otra parte, Los predios urbanos y rurales formados o actualizados durante 2021 no serán objeto de reajuste.
Los avalúas catastrales de los predios de que trata este articulo entrarán en vigencia a partir de/1° de enero de 2022, en los municipios o zonas donde se hubieren realizado.