Multa de 2.502,27 Unidades de Valor Tributario -UVT, por la segunda vez. Multa equivalente a 3.753,41 Unidades de Valor Tributario -UVT, por la tercera vez en adelante.
A través del Decreto 1878-2021 se estableció que el Gobierno nacional a través del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural impondrá en favor del Fondo de Fomento Algodonero las siguientes sanciones, por la defraudación en el recaudo y consignación de la Cuota de Fomento Algodonero, sin perjuicio de las acciones penales y civiles a que haya lugar: Multa de 1.251,14 Valores Unidades de Valor Tributario -UVT, por la primera vez.
Multa de 2.502,27 Unidades de Valor Tributario -UVT, por la segunda vez. Multa equivalente a 3.753,41 Unidades de Valor Tributario -UVT, por la tercera vez en adelante.