En ningún caso podrá destinarse más del 20% de los recursos de cada una de las LEC a grandes productores”.
“En adición a lo previsto en la Resolución No. 3 de 2016 y aquellas que la modifiquen y/o deroguen, la distribución de los recursos dispuestos mediante contrato interadministrativo suscrito entre el MADR y FINAGRO para el otorgamiento de Líneas Especiales de Crédito se sujetará, entre otras reglas: No menos del 40% del valor total de los recursos presupuestales asignados para el subsidio a la tasa de interés de las LEC serán destinados a pequeños productores.
En ningún caso podrá destinarse más del 20% de los recursos de cada una de las LEC a grandes productores”.