La citada conversión deberá tomarse con el salario mínimo mensual legal vigente del año 2021, es decir, su equivalente a 25 UVT”.
“A partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, las actualizaciones de los valores de todas las sanciones y multas impuestas por los servidores públicos del Ministerio del Trabajo, las cuales actualmente se establecen con base en el salario mínimo mensual legal vigente (SMLMV), deberán ser calculadas en términos de la Unidad de Valor Tributario (UVT).
La citada conversión deberá tomarse con el salario mínimo mensual legal vigente del año 2021, es decir, su equivalente a 25 UVT”.