La estratificación socioeconómica de los inmuebles es un procedimiento a través del cual los inmuebles residenciales se clasifican en estratos socioeconómicos, con el propósito, entre otros aspectos, de realizar el cobro de los servicios públicos de forma diferencial. La función de estratificación se encuentra a cargo, de manera indelegable, de los municipios y distritos y, si una vez efectuado el procedimiento de estratificación, una persona no está de acuerdo con el estrato que le ha sido asignado, puede presentar por escrito la solicitud de revisión pertinente, atendiendo lo dispuesto en los artículos 104 de la Ley 142 de 1994 y 6 de la Ley 732 de 2002.