y la creación del mecanismo del Sistema Único de registro con el propósito de permitir la vigilancia y el reporte de incidentes y eventos adversos asociados a su utilización; V) las responsabilidades de las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios en la realización de procedimientos de trasplantes; VI) el Sistema Nacional de Biovigilancia, y la vigilancia de los Bancos de células, de tejidos, de leche humana y los Biobancos, y de los Prestadores de Servicios de Salud que se encuentren habilitados para realizar trasplantes y generar donantes."