Ley 2155 de 2021, de acuerdo con la distribución funcional que se establece en el presente decreto”.
A través del Decreto 1653-2021, quedó establecido que “el Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la DIAN, además de las funciones establecidas en la Ley 23 de 1991, Ley 270 de 1996 y el artículo 2.2.4.3.1.2.5. del Decreto 1069 de 2015, tendrá competencia para acordar y suscribir las fórmulas conciliatorias y las actas de terminación por mutuo acuerdo, de que trata la
Ley 2155 de 2021, de acuerdo con la distribución funcional que se establece en el presente decreto”.