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MinMinas modifica disposiciones sobre la aplicación de subsidios a comercializadores de gas domiciliario durante emergencia del COVID 19

Escrito por  Ago 19, 2020

Mediante el acto administrativo el MinMinas estableció que los comercializadores de gas para uso domiciliario distribuido por red de tuberías deberán otorgar un incremento de 10 puntos porcentuales al porcentaje de subsidio que actualmente reciben los usuarios de los estratos 1 y 2, sobre el consumo básico o de subsistencia del Costo Unitario Equivalente de Prestación del Servicio (CuEq), definido en la Resolución CREG 186 de 2010.

La aplicación de este subsidio adicional se efectuará durante la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social con ocasión de la pandemia derivada del COVID — 19 y máximo para el ciclo de facturación en curso y el siguiente a la entrada en vigencia de la presente resolución, de forma tal que todos los usuarios perciban el beneficio para el consumo de dos periodos de facturación.

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