con excepción de la expresión “así como asumir el costo del alumbrado público” contenida en el inciso único del artículo 5º; y el parágrafo 2 del artículo 5, los cuales se declaran INEXEQUIBLES.
La Corte Constitucional declara exequible el Decreto Legislativo 513 de 2020 “por el cual se establecen medidas relacionadas con el ciclo de los proyectos de inversión pública susceptibles de ser financiados con recursos del Sistema General de Regalías, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”;
con excepción de la expresión “así como asumir el costo del alumbrado público” contenida en el inciso único del artículo 5º; y el parágrafo 2 del artículo 5, los cuales se declaran INEXEQUIBLES.