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SSPD aclaró que “residuos orgánicos” no hacen parte de las categorías que conforman la actividad de aprovechamiento

Escrito por  Oct 12, 2021

La SSPD aclaró que los “residuos orgánicos”, corresponden a una categoría de residuos que no se encuentra definida en la reglamentación de la prestación de la actividad de aprovechamiento del servicio público de aseo y tampoco corresponde a la tipología de residuo sólido aprovechable.

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