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MinAmbiente aclara dudas sobre las limitaciones para realizar actividades comerciales en predios declarados áreas protegidas

Escrito por  Oct 06, 2020

La declaratoria de un Parque Nacional Natural, implica una limitación al atributo de uso de los predios de propiedad privada, los cuales deberán contribuir a los objetivos de conservación y desarrollar únicamente las actividades permitidas en dichas áreas.

Adicionalmente, desde el punto de vista normativo se ha establecido que los bienes de propiedad privada que se encuentren ubicados al interior de un área protegida, antes de su declaratoria, podrán ser adquiridos por la autoridad ambiental competente (para el caso que nos ocupa la entidad encargada de conocer estos temas será Parques Nacionales Naturales de Colombia), mediante negociación directa y de no ser posible llegar a un acuerdo con los propietarios de dichos bienes, se procederá con la expropiación por motivos de utilidad pública e interés social

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