iniciará en forma inmediata el procedimiento de reintegro en relación con los recursos que cada uno administre.
El presente proyecto establecería que, el Ministerio de Salud y Protección Social, la ADRES o las entidades territoriales que en ejercicio de sus competencias o actividades como participantes o actores en el flujo de recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud detecten que se presentó una presunta apropiación o reconocimiento sin justa causa de estos recursos,
iniciará en forma inmediata el procedimiento de reintegro en relación con los recursos que cada uno administre.