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Interpretación jurídica de la SSPD sobre la posibilidad que tienen las empresas de demandar a usuarios por cometer fraude de conexión

Escrito por  Oct 14, 2020


Teniendo en cuenta que el punible de defraudación de fluidos es querellable, el prestador podrá decidir respecto de la procedencia de la denuncia del fraude de conexiones, acometidas y líneas, a partir de criterios relacionados con el impacto de la conducta,

la duración de ésta y la reincidencia en su realización, entre otras. Lo anterior, sin perjuicio de la aplicación de las medidas de suspensión o corte del servicio, de acuerdo con lo que disponga el contrato de servicios públicos.

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Modificado por última vez en Lunes, 19 Octubre 2020 15:12