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SSPD: empresas industriales y comerciales del Estado prestadoras de servicios públicos domiciliarios pueden adelantar el cobro coactivo de las obligaciones existentes a su favor

Escrito por  Sep 06, 2021

A través del presente concepto, la Entidad indicó que los prestadores de servicios públicos domiciliarios están facultados para realizar el cobro de las obligaciones derivadas de los servicios públicos domiciliarios prestados, a través de la jurisdicción ordinaria; no obstante, aquellos que tengan la naturaleza de empresas industriales y comerciales del Estado y los municipios

prestadores directos, además de la jurisdicción ordinaria, gozan de la facultad de adelantar el cobro coactivo de las obligaciones existentes a su favor.

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