“Las entidades estatales se encuentran facultadas para celebrar contratos, entre estos, convenios de colaboración y de asociación, con entidades privadas sin ánimo de lucro y de reconocida idoneidad, en los términos del artículo 355 de la Constitución Política, la Ley 489 de 1998 y el Decreto 092 de 2017. Las entidades obligadas tienen la obligación de publicar en los módulos respectivos del SECOP la documentación de los contratos celebrados”.