que decidan implementar los esquemas diferenciales en áreas urbanas; y a los municipios y distritos que soliciten a la CRA la aceptación del esquema diferencial en áreas de prestación con condiciones particulares.”
A través del acto administrativo se adicionó la PARTE 8 al LIBRO 2 de la Resolución CRA 943 de 2021, estableciendo que “dichas disposiciones aplicarían a las personas prestadoras de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado incluidas en el ámbito de aplicación de los artículos 2.1.2.1.1.1 y 2.1.1.1.1.1. de la presente resolución o aquellos que los modifiquen, adicionen o sustituyan,
que decidan implementar los esquemas diferenciales en áreas urbanas; y a los municipios y distritos que soliciten a la CRA la aceptación del esquema diferencial en áreas de prestación con condiciones particulares.”