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Jueves, 28 Mayo 2026

Edición 1651 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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El proyecto busca que la autoridad ambiental competente, “desde la indagación preliminar cuando sea el caso y hasta antes de emitir la decisión que define la responsabilidad del presunto infractor, podrá, a petición del presunto infractor, suspender el ejercicio de la potestad sancionatoria ambiental, si éste propone medidas para restaurar o compensar la afectación o daño

A través del presente Proyecto de Ley se pretende ampliar la capacidad de contratación de las JAL hasta la menor cuantía, en la celebración de convenios solidarios con los municipios de tercera, cuarta, quinta y sexta categoría. Se trata de facilitar a las organizaciones comunales su participación cada vez más amplia en el proceso de contratación y ejecución, de las obras de

El presente proyecto tiene como propósito esencial, la declaratoria de interés nacional de la conservación de los polinizadores, la cría de abejas y el fomento de la apicultura. Así mismo, busca establecer políticas públicas que garanticen un ambiente sano para los polinizadores, la protección de la flora apícola y consolidar al sector apícola como un componente estratégico, para la seguridad y soberanía alimentaria del país y la conservación del ecosistema.

El proyecto de Ley que será estudiado por el Senado, busca establecer como política de Estado, la gratuidad en la educación superior pública para los estratos 1, 2 y 3. Así como para los cursos de oficial y suboficial para ingresar a la Fuerza Pública. Puede conocer más detalles descargando el texto original del proyecto presentado.

Con ésta, son tres iniciativas que cursan en el Congreso en la presente legislatura, que buscan prohibir la exploración y explotación de hidrocarburos a través de la técnica Fracking. El proyecto de ley establece que “a partir de la expedición de la presente ley no se podrán suscribir u otorgar contratos, concesiones, licencias o permisos ambientales, para la exploración y explotación

De acuerdo con los artículos 1, 2 y 13 del Decreto 176 de 2021, todas las personas jurídicas deben realizar las reuniones de asamblea ordinaria correspondientes al ejercicio 2019 y las correspondientes al ejercicio 2020, en la fecha señalada en los estatutos, o en su defecto, dentro de los tres meses siguientes al vencimiento del ejercicio, es decir, antes del 31 de marzo de 2021.

La SSPD indicó que si “el municipio construyó la infraestructura, este podrá otorgársela al prestador de servicios públicos domiciliarios que exista en el municipio a través de un contrato de uso de infraestructura, incluso a través de un contrato de interconexión. Esto podrá atender, entre otros, a lo establecido sobre el particular en el plan maestro diseñado por el municipio,

El presente concepto aclara que, “antes de iniciar los estudios conducentes a la adopción de la estratificación, el alcalde municipal deberá conformar un Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica que lo asesore y cuya función principal será la de velar por la correcta aplicación de las metodologías suministradas por el Gobierno Nacional en la materia.”

A través del presente concepto la Entidad indicó que “el distribuidor deberá verificar la autenticidad del certificado de conformidad, asegurándose que tanto el certificado de conformidad como la identificación del organismo acreditado que realizó la revisión periódica de la instalación interna de gas y la información correspondiente a la instalación interna de gas de sus usuarios sea veraz.”

La SSPD indicó que, “teniendo en cuenta que las facturas de servicios públicos domiciliarios se constituyen como un título ejecutivo, los prestadores podrán adelantar todas las acciones que consigan el cobro de las obligaciones contraídas por los usuarios, tales como el cobro ejecutivo de las mismas ante la jurisdicción ordinaria, o la jurisdicción coactiva, para el caso de las