Se modificaría el artículo 35 de la Ley 1563 estableciendo que: “El pacto arbitral es un negocio jurídico por virtud del cual las partes someten o se obligan a someter a arbitraje controversias que hayan surgido o puedan surgir entre ellas.” Puede conocer más detalles consultando el texto original del proyecto de ley publicado presentado ante el Senado.