El presente Proyecto de Ley tiene por objeto, modificar los artículos 88, 92 y adicionar un artículo al Código Extinción de Dominio. (Ley 1708 de 2014). Las modificaciones y adiciones, tienen como objeto implementar la figura de enajenación a favor de entidades territoriales, de los bienes inmuebles con extinción de dominio y los afectados con medidas cautelares dentro del proceso de extinción de dominio, para que estos puedan ser enajenados, incluso de manera temprana y directa a las entidades territoriales dentro de las cuales se encuentren ubicados los bienes.