Motivado a trabajos de actualización en algunas funcionalidades del Sistema de Información de Procesos Automáticos (SIPA), desde este viernes 05 de junio a la 06:00 p.m. hasta el domingo 07 de junio a las 12:00 a.m. no habrá disponibilidad de los servicios en la plataforma.
A través del acto administrativo se informa la decisión de mantener la suspensión de ciertas actividades, actuaciones administrativas y términos procesales en los trámites administrativos de la Dirección de Control Ambiental abarcando los Procesos sancionatorios ambientales, salvo las actuaciones administrativas relacionadas con inicio de proceso sancionatorios, imposición de medidas preventivas e indagaciones preliminares en los términos y condiciones establecidos en la Ley 1333 de 2009. A través del acto administrativo se informa la decisión de mantener la suspensión de ciertas actividades, actuaciones administrativas y términos procesales en los trámites administrativos de la Dirección de Control Ambiental abarcando los Procesos sancionatorios ambientales, salvo las actuaciones administrativas relacionadas con inicio de proceso sancionatorios, imposición de medidas preventivas e indagaciones preliminares en los términos y condiciones establecidos en la Ley 1333 de 2009.
En este webinar se analizará los impactos de la pandemia del COVID-19 sobre el sector energético de América Latina y El Caribe, principalmente la caída de la demanda de energía realizando una comparación promedio de la situación pre y post confinamiento, y tomando como referencia 2 días para comparar las curvas de demanda horaria de potencia en algunos países. El webinar se llevará a cabo el 4 de junio a las 10h00 Quito, Ecuador.
A través del Decreto Legislativo 457 (22 de marzo de 2020) el Presidente impartió instrucciones como la de ordenar el aislamiento preventivo obligatorio de todos los habitantes de la República; sin embargo, para garantizar, derechos fundamentales, se permite la circulación de las personas realicen “Las actividades necesarias para garantizar la operación, mantenimiento, almacenamiento y abastecimiento de la prestación de servicios públicos de acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, alumbrado público, aseo (recolección, transporte, aprovechamiento y disposición final, incluyendo los residuos biológicos o sanitarios)
Los prestadores de servicios públicos domiciliarios deben medir a todos y cada uno de los usuarios que atiendan, para determinar su consumo real y proceder a realizar la facturación.
Los prestadores de servicios públicos domiciliarios deben medir a todos y cada uno de los usuarios que atiendan, para determinar su consumo real y proceder a realizar la facturación.
Los prestadores de servicios públicos domiciliarios deben medir a todos y cada uno de los usuarios que atiendan, para determinar su consumo real y proceder a realizar la facturación.
Los prestadores de servicios públicos domiciliarios podrán suspender los términos de las actuaciones que adelanten en virtud de sus funciones administrativas; no obstante, cuando dichas actuaciones se refieran a la atención de peticiones, quejas y reclamos que versen sobre la protección de derechos fundamentales, estas deberán ser atendidas en los términos legales que se hayan dispuesto para el efecto.