Todas las empresas de servicios públicos están autorizadas para participar como socias de otras empresas de servicios públicos o de sociedades que tengan por objeto principal la prestación de un servicio o la provisión de un bien que se requiera para cumplir el objeto del prestador y cuya oferta en el mercado resulte insuficiente.
Las entidades obligadas a aplicar el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), de conformidad con el artículo 5 de la Ley 87 de 1993, implementarán mecanismos de seguimiento, que permitan medir el nivel de satisfacción de sus clientes, en relación con los productos y servicios que ofrece la organización; en todo caso, ha de indicarse que no se establece un método específico, razón por la cual las empresas pueden acudir a los instrumentos que consideren necesarios.
Los municipios deben acudir a la suscripción de contratos o convenios para asegurar y garantizar el giro o trasferencia de los recursos, para cubrir los subsidios en materia de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo.
La aprobación de una solicitud de conexión al servicio de acueducto en una zona que carece de redes de alcantarillado, se hará, de acuerdo con el Decreto Único Reglamentario No. 1077 de 2015, y en especial de su numeral quinto, según el cual el prestador del servicio determinará las condiciones para a la disposición final adecuada de aguas residuales debidamente aprobado por la autoridad ambiental competente
La entrega de las facturas de servicios públicos debe hacerse en la forma en que las partes lo hayan pactado. No obstante, considerando que el propietario es suscriptor y los usuarios del servicio son solidarios en sus derechos y obligaciones, resulta factible que un prestador entregue la factura original a quien corresponda de acuerdo a lo indicado en el contrato y copia de esta a los usuarios que así lo soliciten.
A través del acto administrativo se prorrogar hasta por ocho (8) meses el término para continuar adelantando el proceso de toma de posesión para administrar los bienes, haberes y negocios de la Cooperativa Valor confianza.
A través del acto administrativo se disminuye en un 50% las tarifas que se cobran por concepto de derechos de aeródromo nacional, servicio de protección al vuelo nacional, recargos y tasas aeroportuarias nacionales, en los aeropuertos Gustavo Rojas Pinilla de San Andrés, Alfredo Vásquez Cobo de Leticia, Fabio Alberto León Bentley de Mitú y Germán Olano de Puerto Carreño.
Con el propósito de prevenir y erradicar la fiebre aftosa en Colombia, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, junto al Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), pusieron en marcha una estrategia de regionalización del país, lo que permitirá mantener el estatus sanitario a nivel nacional, a pesar de que en alguna zona se pueda llegar a presentar algún brote de la enfermedad.