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A través de concepto, la SuperSociedades aclaró disposiciones de las actividades de beneficio e interés colectivo

Escrito por  Jun 08, 2021

El concepto 220-064913-2021 indica que el representante legal de la sociedad BIC elaborará y presentará ante el máximo órgano social un reporte sobre el impacto de la gestión de la respectiva sociedad, en el que se dará cuenta de actividades de beneficio e interés colectivo desarrolladas por la compañía.

El reporte de gestión deberá publicarse en la página web de la sociedad para su consulta por el público. En el evento de que la sociedad no disponga de página web, dicho informe deberá estar disponible en el domicilio social, y será remitido a quien así lo solicite por escrito mediante comunicación dirigida al representante legal de la sociedad BIC.

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