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ANLA modifica disposiciones de licencia ambiental para desarrollo de proyecto de hidrocarburos en varios municipios el Meta a cargo de ECOPETROL

Escrito por  May 21, 2020

Se modifica el artículo cuarto de la Resolución 331 del 15 de mayo de 2012, por la cual se otorgó licencia ambiental a la Sociedad ECOPETROL S.A., para el proyecto denominado

“Área de Perforación Exploratoria CPO9”, en el sentido de autorizar la entrega de Aguas Residuales tratadas del proyecto a compañías gestoras especializadas en la recolección, transporte, manejo, tratamiento y disposición final de aguas residuales domésticas y/o industriales que cuenten con los permisos y autorizaciones vigentes otorgados por la autoridad competente.  “Área de Perforación Exploratoria CPO9”, localizado en jurisdicción de los municipios de Acacías, Castilla La Nueva, Guamal, San Luis de Cubarral y San Martín de los Llanos, en el departamento de Meta. Entre otras disposiciones de requiere a la sociedad ECOPETROL S. A., para que, en el próximo Informe de Cumplimiento Ambiental - ICA, presente ante esta Autoridad las evidencias documentales del cumplimiento de las obligaciones establecidas en licencia ambiental y el plan de manejo ambiental, que se relacionan en la parte motiva de este acto administrativo, así: Complementar la información presentada en las fichas de Manejo M.A 1.6 Subprograma Manejo de residuos líquidos del programa MA 1 - Programa de Manejo del Suelo del Plan de Manejo Ambiental y SMA -1.1 Monitoreo de Aguas Residuales del Plan de Seguimiento y Monitoreo, presentadas dentro del Estudio de Impacto Ambiental, con el fin que se incluya la actividad entrega de aguas residuales a compañías gestoras especializadas en la recolección, transporte, manejo, tratamiento y disposición final de aguas residuales domésticas y/o industriales que cuenten con los permisos y autorizaciones vigentes otorgados por la autoridad competente. En lo sucesivo, en los Informes de Cumplimiento Ambiental – ICA, deberá presentar los soportes de entrega de las aguas residuales a las compañías gestoras especializadas en la recolección, transporte, manejo, tratamiento y disposición final de aguas residuales domésticas y/o industriales, que cuenten con los permisos y autorizaciones vigentes otorgados por la autoridad competente, y copia de los permisos vigentes con los que cuenten dichas compañías.

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