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CREG estableció medidas para el registro de agentes ante el Administrador del Sistema de Intercambio Comerciales (ASIC) y el Liquidador y Administrador de Cuentas (LAC)

Escrito por  May 25, 2021

Los agentes comercializadores y generadores de energía eléctrica que inicien cualquier actividad inherente a la prestación del servicio de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional, deberán registrarse ante el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales, ASIC presentando los requisitos que se enlistan en el documento publicado por la entidad.

Del mismo modo, los agentes transmisores nacionales, transmisores regionales y operadores de red que inicien cualquier actividad inherente de la prestación del servicio de energía en el Sistema Interconectado Nacional, deberán registrarse ante el Liquidador y Administrador de Cuentas, cumpliendo con los requisitos establecidos para tal fin.

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