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A través de concepto la SSPD reiteró la obligatoriedad de registrar información en el SUI

Escrito por  May 18, 2021

“La SSPD, en su calidad de administradora del Sistema Único de Información - SUI, y en cumplimiento de las disposiciones legales contenidas en el régimen de los servicios públicos domiciliarios, ha expedido las resoluciones de carácter general, a través de las cuales se reglamenta el reporte de la información a dicho sistema, las cuales son de obligatorio cumplimiento para los prestadores de servicios públicos domiciliarios”

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