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Interpretación jurídica de SuperSociedades sobre la liquidación privada o voluntaria

Escrito por  May 11, 2021

De acuerdo con el concepto 220-049034-2021 la liquidación privada o voluntaria, es la consecuencia de la declaratoria de la disolución de una compañía por ocurrencia

de una de las causales previstas en los estatutos o en la ley (las generales previstas para cualquier tipo de sociedad y las especiales de acuerdo con el tipo societario de que se trate). Se precisa que, dentro de las funciones asignadas al mencionado liquidador, se encuentra la de continuar y concluir las operaciones pendientes al tiempo de la disolución del ente jurídico (numeral 1. del artículo 238 ibídem), por lo que, sin perjuicio de otras opciones legales de las que se pudieran derivar ingresos para la liquidación de la compañía, deberá obtener la cancelación de la licencia de cannabis en los términos del artículo 6 de la Resolución 577 de 2017.

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