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CRA conceptualiza acerca de la definición de los usuarios residenciales dentro del régimen de servicios públicos

Escrito por  Abr 28, 2021

De acuerdo con el concepto emitido por la CRA, el usuario residencial es todo aquel que no realice actividades comerciales, industriales y/u oficiales, que se encuentre en locales que ocupen menos de veinte (20) m 2 y generen menos de un (1) m3 de residuos sólidos. En caso de no cumplir con alguna de las condiciones previamente mencionadas,

dicho predio será clasificado como un usuario no residencial. Lo anterior, aplica independientemente del estrato definido por el ente territorial del municipio y/o distrito en el cual se encuentre ubicado el predio.

Por consiguiente, si la vivienda originalmente es destinada a uso residencial en el momento que se empieza a desarrollar cualquier tipo de actividad comercial, industrial u oficial pasa a ser un usuario no residencial. Así, el cobro de la tarifa por la prestación del servicio público de aseo será la definida por la persona prestadora con base en las metodologías expedidas por esta Comisión de Regulación y teniendo en cuenta tanto el uso del predio como el factor de subsidio o contribución definido por el ente territorial.

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Modificado por última vez en Miércoles, 28 Abril 2021 10:32