De acuerdo con la doctrina publicada por el Mi Ambiente se puede adelantar la construcción viviendas campestres sin adelantar la sustracción de reserva forestal bajo el entendido que se denomina área de reserva forestal la zona de propiedad pública o privada reservada para destinarla exclusivamente al establecimiento o mantenimiento y utilización racional de áreas forestales productoras, protectoras o productoras-protectoras.