Los Decretos Legislativos y las normas de regulación sectorial expedidos al amparo del Estado de Emergencia Social y Ecológica declarado por el Gobierno Nacional a través del Decreto 417 de 2020, no contemplaron un cambio inmueble como consecuencia de las medidas de aislamiento preventivo obligatorio. Así, en la actualidad, no existe mecanismo de liquidación alternativo y temporal de los consumos registrados en inmuebles anteriormente abiertos para el desarrollo de actividades comerciales y que, por motivos de la emergencia sanitaria, hoy no ejecutan ninguna.