Para la utilización de los TIDIS en el pago de impuestos, el beneficiario o tenedor, podrá acudir a alguna de las entidades financieras que en la actualidad están autorizadas por la DIAN para recibir el pago de impuestos, a través de la cual deberá tener los TIDIS en el DCV al momento de la utilización. La utilización de los TIDIS en el pago de impuestos se llevará a cabo de acuerdo con los procedimientos establecidos por las entidades autorizadas por la DIAN para el efecto.