Agregando que, “al aplicar la norma legal y reglamentaria se debe hacer una clara distinción entre el término que se tiene para cumplir con el monto mínimo de inversión y el plazo fijado por las partes contratantes en un contrato de leasing.”
En el concepto, la DIAN indica que, aunque “el monto mínimo de inversión sea acreditado por las sociedades que se pretendan acoger a este incentivo tributario en un término máximo improrrogable de 3 años, de estas normas no se puede deducir que si la inversión se efectúa a través de leasing financiero el término del contrato deba ser igual a este plazo.”
Agregando que, “al aplicar la norma legal y reglamentaria se debe hacer una clara distinción entre el término que se tiene para cumplir con el monto mínimo de inversión y el plazo fijado por las partes contratantes en un contrato de leasing.”