Se dispuso que el Ministerio de Minas y Energía (MinMinas), o la entidad a la que este delegue, reglamentará mediante resolución el alcance de las obligaciones.
El texto de la providencia aún no está disponible, pero en este documento se sintetizan los alcances de la decisión, la cual fue adoptada en la noche del jueves 11 de marzo de 2021. Prensa Jurídica estará pendiente de la publicación del texto de la sentencia. La Corte Constitucional declaró exequible la obligación de compras de energía de fuentes no convencionales para agentes comercializadores del mercado de energía mayorista.
Se dispuso que el Ministerio de Minas y Energía (MinMinas), o la entidad a la que este delegue, reglamentará mediante resolución el alcance de las obligaciones.